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Ley número 43, que autoriza al ejecutivo del estado para reglamentar el uso de aguas particulares y permutas de las mismas.

El 27 de junio de 1930, se autorizó al ejecutivo del estado para reglamentar la introducción de aguas particulares y su permuta, específicamente para fines agrícolas. Esta medida tenía como objetivo promover el progreso del sector agrícola mediante disposiciones adecuadas. Se buscaba favorecer los intereses de ciertos productores agrícolas que no estaban incluidos en regulaciones previas consideradas antisociales y perjudiciales para el progreso colectivo. Esta legislación, aprobada por el Congreso del estado, respondía a la urgencia de apoyar a los productores agrícolas mediante la "Ley que autorizó al ejecutivo del estado para reglamentar el uso de aguas particulares y permutas de las mismas".
27 Reglamento de aguas particulares y permutas.pdf

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